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Los riesgos de viajar al extranjero por períodos prolongados para los residentes permanentes de EE. UU.


viajar al extranjero

Si usted es un residente permanente de los EE. UU. que pasa mucho tiempo fuera de los Estados Unidos, podría estar poniendo en riesgo su estatus. Los oficiales de “CBP”, están examinándolos al reingresar e interrogándolos sobre ausencias prolongadas. Comprender lo que conlleva tener una residencia permanente, es crucial para evitar complicaciones o, peor aún, perder su estatus por completo.


Lo que dice la ley sobre los viajes prolongados


La ley de inmigración requiere que los residentes permanentes mantengan su residencia principal en los Estados Unidos. Aunque se les permite realizar viajes internacionales, las ausencias más allá de ciertos períodos de tiempo pueden desencadenar señales de alerta:


  • Ausencias de más de 6 meses (180 días) – Según 8 U.S.C. § 1101(a)(13)(C)(ii), los oficiales de “CBP” pueden preguntar si abandonó su residencia. La carga recae sobre el viajero para demostrar que no tenía la intención de renunciar a su estatus.

  • Ausencias de un año a más – Según 8 C.F.R. § 211.1(a)(2), u titular de una tarjeta verde que permanece fuera de los EE. UU. durante un año o más sin obtener un permiso de reingreso generalmente se considera que ha abandonado su residencia y se le puede negar la entrada. Es posible que sea necesaria una visa de residente que regresa u otra acción legal para restablecer el estatus.

  • Viajes frecuentes o repetidos – Incluso si los viajes son de menos de seis meses, “CBP” aún puede cuestionar la naturaleza del viaje y determinar si el titular de una tarjeta verde realmente ha mantenido su residencia en los EE. UU.


¿Cómo proteger su estatus?


  • Limite las ausencias internacionales –  Evite permanecer fuera de los EE. UU. por períodos prolongados a menos que sea necesario.

  • Mantenga fuertes lazos con los EE. UU. – Mantenga una dirección en los EE. UU., presente declaraciones de impuestos de los EE. UU. como residente, mantenga una cuenta bancaria en los EE. UU. y tenga una licencia de conducir válida.

  • Obtenga un permiso de reingreso – Si el viaje prolongado es inevitable, solicite un permiso de reingreso antes de salir. Este documento ayuda a demostrar su intención de regresar y puede permitir ausencias de hasta dos años.

  • Busque orientación legal –  Si ha pasado mucho tiempo en el extranjero o anticipa una ausencia prolongada, programe una consulta para que podamos analizar cómo salvaguardar su estatus.


La residencia permanente en los EE. UU. no es solo un documento de viaje—sino que requiere mantener una presencia física real en el país. Si tiene inquietudes sobre su historial de viajes o sus próximos planes, comuníquese con nuestra firma hoy para asegurarse de que su tarjeta verde permanezca segura.

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